SOMOS LA PRIMERA ACADEMIA CON IGUALDAD DE GENERO EN ESPAÑA
La Academia Andaluza de la Historia es la primera expresamente diseñada para contar con un número equilibrado de mujeres y hombres, tanto en su membresía total, como en su Junta de Gobierno, en cumplimiento estricto de la Constitución y las Leyes.
- -La Constitución Española, en su artículo 14, establece «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social». Y en su artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas. En virtud del mandato constitucional, son también de aplicación en España la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por España en 1983. Así como los principios y acervo comunitario sobre igualdad de género desarrollado en la Unión Europea al amparo del artículo 111 del Tratado de Roma, mantenidos e incrementados siempre en los Tratados posteriores, Directivas y demás normas de la U.E.
- -La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, Para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, a lo largo de su articulado, se ocupa de fomentar la igualdad de los sexos, en cumplimiento del mandamiento contenido en el artículo 14 de la Constitución Española, exigiendo la presencia o composición equilibrada de mujeres y hombres en todos los organismos e instancias, así como su progresiva implantación en la sociedad. Concretamente, su Disposición Adicional Primera dice, al respecto: «A los efectos de esta Ley, se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento».
- -La Ley Andaluza 12/2007, de 26 de noviembre, Para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, compartiendo la misma filosofía y orientación ideológica de la L.O. recién mencionada, establece para nuestra Comunidad Autónoma aplicaciones concretas de esos mismos principios de paridad de sexos y promoción de la mujer en los distintos ámbitos políticos, sociales, económicos y culturales.
- -La Ley Andaluza 16/2007, de 3 de diciembre, de la Ciencia y el Conocimiento, ocupándose de la materia concreta que le da título, y que incluye a las Academias, como uno de los sujetos específicos de su ámbito normativo, dedica uno de sus artículos, el 45, a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la ciencia, imponiendo en su apartado 1 a la Administración de la Junta de Andalucía la obligación de promover y velar «por el respeto al principio de igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres en las personas dedicadas a la ciencia, la tecnología y la innovación». Y dándonos, en su apartado 2, el criterio numérico que se considera válido para entender que existe dicha igualdad, considerando que se entiende por una equilibrada representación de hombres y mujeres cuando, «en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento por sexo». Por último, el apartado último, el 4, de dicho artículo establece que «la participación equilibrada de mujeres y hombres en una institución será valorada como indicador positivo en la evaluación de la estructura organizativa de los centros, instituciones o entes que realicen actividades de investigación, desarrollo e innovación».
De acuerdo con la opinión de nuestros juristas, las leyes están para ser cumplidas por todos. Y de ningún modo puede dejar de cumplirlas una institución que pretende tener un protagonismo en la vida económica, social o cultural. Sin embargo, hasta ahora la Administración se venía conformando con exigir a las Academias que en sus Estatutos no se mantuviera un lenguaje machista o sexista, sin obligarlas a cumplir las normas de paridad. Nosotros hemos optado por la paridad, no sólo por cumplir las leyes, sino porque creemos en la igualdad de hombres y mujeres para acceder a la cultura y como protagonistas de la Historia. Y porque estamos convencidos de que ello no tiene que comportar una bajada del listón de méritos y excelencia curricular exigidos a los académicos y académicas. Así, al proveer a la elección de nuestras Numerarias exigimos que el perfil de las candidatas sea idéntico al de los Numerarios varones:
- Catedráticas o profesoras titulares o eméritas de Universidad, en ejercicio o jubiladas.
- Directoras, miembros directivos o investigadoras principales de grandes archivos históricos, museos, fundaciones, centros de investigación u otras instituciones del más alto prestigio, dedicadas a la investigación o difusión de los conocimientos históricos, que hayan alcanzado un gran protagonismo en Andalucía, en el resto de España o a nivel internacional.
- Investigadoras e historiógrafas, preferentemente doctoras, que hayan alcanzado en sus investigaciones y publicaciones, por calidad (indexadas, según parámetros científicos) y cantidad (mínimo 3 libros/monografías en solitario o coordinados, y 20 artículos en revistas con ISSN) un nivel de excelencia tal que se las considere máximas especialistas en algunas de las disciplinas objeto de alguna/-s de las 17 secciones de esta Academia, a nivel de toda Andalucía e, incluso, a nivel internacional.
En nuestros Estatutos, concretamente en su artículo Artículo 8, al regular las clases y número de académicos, se establece que “Se procurará la composición equilibrada por sexos del cuerpo académico numerario, cumpliéndose, como mínimo, con los porcentajes que la Ley establece”.
Y, con todo orgullo, podemos decir ya que lo hemos conseguido. No tenemos ni una sola Académica que no sea doctora y que no supere con creces los mínimos parámetros exigidos. Así, hoy por hoy, la Academia Andaluza de la Historia es, en este sentido, una institución modélica, apta para ejercer una pedagogía que debe exigirse siempre a aquellas instituciones que están llamadas a ocupar la cúspide de la pirámide del llamado Sistema Andaluz del Conocimiento. Y plenamente adaptada a la realidad social de nuestra Comunidad, en la que el número de mujeres que estudian, investigan, enseñan, escriben y difunden la Historia es igual o superior al de los hombres, haciéndolo, como mínimo, con la misma capacidad de trabajo, inteligencia y buen fruto. En el campo de los estudios históricos, es nuestra convicción, no sólo la ley, sino la realidad social imponen la igualdad plena entre hombres y mujeres.